El tráfico interior de mercancias por carretera incluye tanto el servicio público como el servicio privado, teniendo en cuenta las cabezas tractoras y camiones con capacidad de carga útil superior a 3,5 toneladas y con un peso máximo autorizado superior a 6 toneladas matriculados en España. No se incluye el transporte intramunicipal y se excluyen aquellos vehículos con uso distinto al del transporte de mercancías, tales como excavadoras, grúas de arrastre, de cesta o de obra, trituradoras, apisonadoras, camiones de bomberos, quitanieves, tractores agrícolas, vehículos militares y de la administración civil, etc.