El tráfico interior de mercancias por carretera según tipo de mercancías incluye tanto el servicio público como el servicio privado. Tienen en cuenta las cabezas tractoras y camiones con capacidad de carga útil superior a 3,5 toneladas y con un peso máximo autorizado superior a 6 toneladas, matriculados en España. No incluye el transporte intramunicipal. El concepto de “otras mercancías” incluye: combustibles, minerales sólidos, minerales y desperdicios en bruto para la metalurgia, abononos y productos químicos. Se excluyen aquellos vehículos con uso distinto al del transporte de mercancías, tales como excavadoras, grúas de arrastre, de cesta o de obra, trituradoras, apisonadoras, camiones de bomberos, quitanieves, tractores agrícolas, vehículos militares y de la administración civil, etc.